Reactivación parcial de la emisión de visas

2020/10/3

El Gobierno de Japón ha determinado permitir parcialmente y bajo condiciones específicas la emisión de visas a partir del 1 de octubre de 2020.
Las siguientes personas serán elegibles para ingresar a territorio japonés, siempre y cuando hayan presentado su solicitud de visado ante la Embajada o Consulado General de Japón en su país de origen o de residencia, y ésta haya sido aprobada exitosamente: 

   1. Poseedores un Certificado de Elegibilidad (CoE)
   2. Profesionales que deseen realizar una estancia, menor o igual a 90 días, acorde a sus actividades profesionales. 

   Excepto diplomático, oficial, cónyuges de residente permanente y cónyuges de nacionales japoneses, quienes deberán comunicarse con la Embajada para obtener más información para obtener su visa.
 
Al momento de su ingreso a Japón, los titulares de las nuevas visas deberán presentar, junto con su pasaporte y el formato de carta de compromiso (Written pledge) que se mencionará a continuación, un Certificado para Prueba de COVID-19 con resultado negativo, realizada dentro de las 72 horas previas a la salida de su vuelo a Japón.

  ● ATENCIÓN:   
  ● Utilice el formato de Certificado de Prueba de COVID-19 editado por el Ministerio de Salud de Japón. Descargue el formato  
     aquí.  

  ● Tome en cuenta que al momento de su salida a Japón, las aerolíneas podrán requerirle presentar el formato antes mencionado
      para permitirle el abordaje. Solicitamos su comprensión y colaboración. 
  ●  El formato de carta de compromiso se deberá llenar por las instituciones anfitrionas del Japón.


1 Documentos a presentar para obtener visas de poseedores de un Certificado de Elegibilidad (CoE)

Los titulares de un CoE deberán presentar los siguientes documentos completos de manera impresa para solicitar su visado. 

   1. Formato de solicitud de visa
   2. fotografías (consultar los tamaños y características aquí)
   3. Pasaporte original válido
   4. Certificado de Elegibilidad (CoE) original. (todos los certificados emitidos desde el 1 de octubre de 2019 serán aceptados)
   5. 2 formatos de Carta de Compromiso (Written Pledge) debidamente llenados por la institución anfitriona en Japón (universidad, 
       empleador, escuela, etc.) con sello institucional. (el formato podrá ser enviado de forma digital por la institución al solicitante)
   6. Cuestionario de ingreso a Japón
   7. Boleto de avión electrónico (Vuelo directo o en caso de hacer escala sin ingresar al país donde se realiza escala.) 

2 Documentos a presentar para obtener visas de profesionales que deseen realizar una estancia, menor o igual a 90 días, acorde a sus actividades profesionales.

Los profesionales que realizarán una estancia corta deberán presentar los siguientes documentos completos de manera impresa para solicitar su visado. 

   1. Formato de solicitud de visa
   2. fotografías (consultar los tamaños y características aquí)
   3. Pasaporte original válido
   4. Carta original de trabajo, firmada y sellada por la institución empleadora, indicando posición, antigüedad y salario mensual.
   5. 3 justificantes por parte de la institución anfitriona en Japón (puede utilizar los formatos sugeridos)
       a. Carta de invitación, sellada y firmada. Formato aquí 
       b. Carta de garantía, sellada y firmada. Formato aquí
       c. Programa de actividades día por día. Formato aquí
   6. 2 formatos de Carta de Compromiso (Written Pledge) debidamente llenados por la institución anfitriona en Japón (empleador, 
       universidad, etc.) con sello institucional (el formato podrá ser enviado de forma digital por la institución al solicitante). 
   7. Cuestionario de ingreso a Japón
   8. Boleto de avión electrónico (Vuelo directo o en caso de transit sin ingresar al país de transit) 
 
Para mayor información o dudas, consultar a la Sección Consular de la Embajada de Japón, ryoji-buuruguay@mv.mofa.go.jp